La Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) ha aclarado que, bajo la legislación federal, los memecoins no se consideran valores, asemejándose más a coleccionables. En un comunicado emitido el 27 de febrero, la División de Finanzas Corporativas explicó que la emisión y venta de estos tokens no requiere registro ante la entidad. No obstante, la agencia advirtió que cualquier actividad fraudulenta relacionada con la oferta o venta de memecoins podría ser objeto de sanciones o investigaciones por parte de otras agencias a nivel federal o estatal.
La SEC destacó que los compradores y poseedores de memecoins no cuentan con la protección de las leyes de valores estadounidenses. Estos tokens, que suelen presentar una funcionalidad limitada y una alta volatilidad en el mercado, no encajan en las categorías tradicionales de instrumentos financieros, como acciones o bonos, y no cumplen con el criterio del «investment contract» establecido en la prueba Howey.
La declaración de la SEC forma parte de un esfuerzo por ofrecer mayor claridad sobre la aplicación de la normativa a los activos digitales. Además, en un contexto en el que se busca reducir la supervisión regulatoria en el sector cripto, la agencia insiste en que su enfoque se dirige únicamente a aquellas transacciones fraudulentas que puedan disfrazar productos sujetos a regulación.
El comunicado también se produce en un escenario donde se ha observado el lanzamiento de memecoins por figuras públicas, incluyendo iniciativas de tokens oficiales relacionados con políticos, las cuales han sufrido caídas significativas en su valor. La SEC recalca que, aunque estas monedas no se consideran valores, la venta fraudulenta o el uso engañoso de la etiqueta de memecoin para evadir la normativa sí podrían dar lugar a acciones legales.
En conclusión, la comisión subraya que operar con memecoins no equivale a invertir en una empresa ni se realiza con la expectativa razonable de obtener ganancias derivadas del esfuerzo ajeno. Por ello, en la visión regulatoria actual, un memecoin no se clasifica como un valor, salvo en aquellos casos en que se pretenda encubrir un producto financiero regulado.